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JURISDICCIÓN VOLUNTARIA (ADOPCION ENTRE PARTICULARES)

HOMOCLAVE: LPZ-DGCMDIF-13

Tipo: Servicio
Clase: Ciudadano
Plazo máximo para resolución: 3-MESES
Vigencia: 3-DÍAS HÁBILES

Descripción General

JUICIO DE JURISDICCION VOLUNTARIA, DEMANDA ANTE JUZGADO DE LO FAMILIAR CON LA FINALIDAD DE ADOPTAR A UNA NIÑA, NIÑO O ADOLESCENTE, INCORPORARLO A UNA FAMILIA Y REGISTRARLO CON LOS APELLIDOS DE LOS ADOPTANTES Y ADQUIRIR LOS DERECHOS DE UN HIJO BIOLÓGICO.

Requisitos

Requisito Original Copias Observaciones
CONSENTIMIENTO POR ESCRITO DE LA PERSONA QUE VA A DAR EN ADOPCION 1 2 DEBERÁ CONTENER NOMBRE Y FIRMA EN ORIGINAL DE LA PERSONA QUE OTORGA EL CONSENTIMIENTO
NOMBRE COMPLETO DE TRES TESTIGOS 0 1 COPIA POR CADA UNO
ACTA DE NACIMIENTO DE LOS PROMOVENTES 1 2 ACTUALIZADA
ACTA DE MATRIMONIO 1 2 ACTUALIZADA
CARTA DE RECOMENDACIÓN 2 2 DEBERÁN SER DOS CARTAS POR CADA UNO DE LOS ADOPTANTES, Y DEBERÁN CONTENER, NOMBRE Y FIRMA EN ORIGINAL DE LA PERSONA QUE RECOMIENDA
CONSTANCIA DE SUELDO 1 2 DEBERÁ SER EXPEDIDA POR EL ÁREA DE RECURSOS HUMANOS DE LA FUENTE LABORAL
ESTUDIO SOCIO FAMILIAR 1 2 DEBERÁ SER EXPEDIDO POR LA TRABAJADORA SOCIAL ADSCRITA A LA PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
CERTIFICADO MÉDICO 1 2 DEBERÁ SER EXPEDIDO POR INSTITUCIONES DEL SECTOR SALUD.
CARTA DE NO ANTECEDENTES PENALES 2 2 ACTUALIZADA
VALORACIONES PSICOLÓGICAS DE LOS PROMOVENTES Y DEL ADOPTADO 1 2 DEBERÁ SER EXPEDIDO POR LA PSICÓLOGA ADSCRITA A LA PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

Dónde realizar el trámite

PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DE NIÑAS, NIÑOS, ADOLESCENTES Y LA FAMILIA

CALLE 1 E/TURÍN Y LAS BIZNAGAS, COLONIA ROMA

LUNES A VIERNES DE 8:00 A 15:00 HRS.

6121287821

procudiflapaz@gmail.com

Costo, lugar y forma de pago

Concepto Descripción Fórmula Costo
Lugar de pago Formas de pago

Fundamento jurídico

Pasos a seguir

Procedimiento en módulo

PRESENTAR SOLICITUD ANTE LA PROCURADURÍA, EN LA CUAL MANIFIESTE SU NECESIDAD

Condicion para realizar tramite

DEBERÁ SER PERSONA VULNERABLE, SEGÚN LA LEY DE ASISTENCIA SOCIAL PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR CAPÍTULO II ARTÍCULO 4, SIN CAPACIDAD DE SUPERARSE POR SI MISMO.
LA VIGENCIA DEL TRÁMITE SERÁ AJUSTADO AL TIEMPO DE LOS JUZGADOS FAMILIARES DEBIDO A LA CARGA EXCESIVA DE TRABAJO EXISTENTE.

Procedimiento en internet enlace

Anexos