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COPIAS CERTIFICADAS

HOMOCLAVE: LPZ-DGC-7

Tipo: Trámite
Clase: Ciudadano
Plazo máximo para resolución: 1-DÍAS HÁBILES
Vigencia: 0-VARIABLE

Descripción General

REFIÉRASE A LAS COPIAS QUE SERÁN EMITIDAS A RAÍZ DE LA DOCUMENTACIÓN FÍSICA QUE SE ENCUENTRE EN ACERVO Y/O ARCHIVO DE EXPEDIENTE DIGITAL, SEGÚN SEA EL CASO.

Requisitos

Requisito Original Copias Observaciones
FORMATO DE SOLICITUD 1 0 ESTE FORMATO, VIENE ANEXO A ESTE TRÁMITE O PUEDE SERLE ENTREGADO EN VENTANILLA DE CATASTRO PARA SU LLENADO
IDENTIFICACIÓN OFICIAL 0 1 AMBOS LADOS
CARTA PODER CON IDENTIFICACIÓN ANEXA 1 0 1.-EN CASO DE NO SER EL PROPIETARIO. 2.- SI ES ALBACEA O APODERADO LEGAL DEBERÁN ACREDITAR.

Dónde realizar el trámite

VENTANILLA DE CATASTRO MUNICIPAL

H. AYUNTAMIENTO DE LA PAZ, AV. DE LOS DEPORTISTAS Y CARABINEROS, COL UNIDAD DONCELES 28.

LUNES A VIERNES DE 08:00 AM A 15:00 PM

6121237900

Costo, lugar y forma de pago

Concepto Descripción Fórmula Costo
III. CERTIFICADOS, POR CADA HOJA O FRACCIÓN III. CERTIFICADOS, POR CADA HOJA O FRACCIÓN + IMPUESTO ADICIONAL + FORMATO OFICIAL [(UMA*0.3)POR HOJA O FRACCIÓN] + 30% DEL RESULTADO ANTERIOR + 2
Lugar de pago Formas de pago
CAJAS RECAUDADORAS
  • EFECTIVO
  • TARJETA CREDITO
  • TARJETA DEBITO
  • TRANSFERENCIA ELECTRONICA
  • CHEQUE
  • PUNTOS BANCOMER

Fundamento jurídico

Ley: LEY DE HACIENDA PARA EL MUNICIPIO DE LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR.

Articulo: 70, 89 (III,V), 159

Pasos a seguir

Procedimiento en módulo

1.-PRESENTARSE EN VENTANILLA PARA RECIBIR AVISO DE ENTERO POR EL PAGO DE BUSQUEDA DE DATOS.
2.-PASAR A CAJA RECAUDADORA A REALIZAR EL PAGO.
3.-ENTREGAR COMPROBANTE DE PAGO EN VENTANILLA DE CATASTRO.
4.-BUSCARÁN EN CATASTRO LA INFORMACIÓN SOLICITADA Y LA CANTIDAD DE HOJAS QUE NECESITE.
5.-SE LE ENTREGARÁ AVISO DE ENTERO PARA REALIZAR PAGO POR LAS HOJAS QUE DESEE IMPRESAS.
6.- UNA VEZ PAGADO EN CAJA, ENTREGE COMPROBANTE DE PAGO Y RECIBA SUS HOJAS IMPRESAS.

Condicion para realizar tramite

1.-ESTE TRÁMITE ESTA SUJETO AL COBRO POR BUSQUEDA DE DATOS, MISMO QUE TIENE FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 70, 89 (FRACCIÓN V) Y 159, DE LA LEY DE HACIENDA PARA EL MUNICIPIO DE LA PAZ.
2.-DEBERÁ SER SOLICITADO POR EL PROPIETARIO, ALBACEA O APODERADO LEGAL.
3.- DEBERÁ DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE CON EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL. COMO LO ESTABLECE LA SECCIÓN I IMPUESTO PREDIAL, DEL CAPÍTULO II IMPUESTOS SOBRE EL PATRIMONIO DE LA LEY DE HACIENDA PARA EL MUNICIPIO DE LA PAZ, B.C.S.
DE LO CONTRARIO, NO PODRÁ PROCEDER EL TRÁMITE.

Procedimiento en internet enlace

Anexos